INFOLEG 26 de agosto 2020
El Superior Tribunal de Justicia de Formosa aprobó una Guía de Lenguaje Claro que deberá utilizarse para el dictado de sentencias, resoluciones judiciales, dictámenes y demás decisiones de jueces y funcionarios del Poder Judicial de esa provincia.
Esta iniciativa tomó como base la Guía de Lenguaje Claro y Estilo, aprobado por el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto al Manual SAIJ de Lenguaje Claro.
Este tipo de lenguaje claro es aquel cuyo estilo de escritura es simple, mediante la utilización de un vocabulario que permita su inmediata y sencilla comprensión. En el caso específico de los Poderes Judiciales, “el lenguaje claro implica la redacción de contenidos mediante un estilo de escritura que facilite la comprensión a los destinatarios del mensaje”, explicó el tribunal.
La aplicación de la guía persigue tres objetivos centrales: lograr un lenguaje claro, inclusivo y no discriminatorio, esencial para la constitución de un derecho al debido proceso; garantizar la legitimidad de la judicatura, en tanto se encuentra estrechamente ligada a la claridad y a la calidad de las resoluciones judiciales; y clarificar el lenguaje jurídico en los textos que afectan en forma directa al ciudadano implicado en procesos judiciales.
Se busca, adoptando términos de guías similares que ya fueron aprobadas para otras jurisdicciones, que todo ciudadano, aunque no se vea directamente involucrado en un proceso, tenga el derecho de conocer y comprender qué y por qué los jueces toman las decisiones.
En ese contexto, la presidenta de la Cámara Primera en lo Criminal de Formosa, Viviana Taboada, dijo a Télam que la decisión “es muy buena, porque todo lo que decida la justicia, la gente común lo debe entender”.
Y explicó que a los jueces en las “aulas de derecho se les imponía la idea de que los jueces hablaban solo a través de su sentencia y que estas debían ser técnicas, con frases en latín”. “Hoy por hoy eso está cambiando”, remarcó.
Con respecto a las disposiciones, en primer lugar se especificó que se deben eliminar completamente las frases en latín.
También se dispone “utilizar vocabulario corriente evitando tecnicismos innecesarios”. “Se requiere adoptar lenguaje sencillo y adecuado a las condiciones del grupo social, cultural o étnico involucrado en el conflicto. Evitar el lenguaje discriminatorio. Si en la redacción se deben utilizar términos técnicos, deberán luego ser explicados en lenguaje corriente”, se agregó.
Luego de hacer referencia a marcadores y conectores de textos, explicaron que se pretende eliminar del vocabulario judicial determinadas fórmulas y palabras de difícil comprensión para la mayoría de las personas.
La guía aprobada busca utilizar también un estilo de redacción que permita modificar progresivamente el “vocabulario promoviendo la utilización de terminología de uso corriente y disminuyendo el uso de términos complejos o muy técnicos; uniformar criterios y estilos en la confección de documentos y resoluciones; mejorar la redacción de resoluciones y sentencias”, según informó Diario Judicial en su web.
Fuentes judiciales provinciales admiten a ese portal que la propuesta se trata de un cambio de modelo cultural y que las modificaciones serán progresivas. También señalaron que existen vocablos técnico-jurídicos de ineludible aplicación, pero aclararon que aún aplicando esta terminología específica, tal como surge de los textos legales, “siempre se puede explicar al destinatario de la resolución o de la sentencia, cual es el sentido del vocablo utilizado, para que pueda ser de fácil comprensión”.
Y asegura que la guía pretende promover la mejora en el acceso a la información pública que emana de los jueces y juezas, potenciando la transparencia de la actividad judicial lo que implica una “mayor legitimidad democrática de la Magistratura, al propiciar una mayor confianza de los ciudadanos en el Poder Judicial”.
El texto completo de la Guía, que será impresa y distribuida entre magistrados/as y funcionarios/as judiciales, se encuentra disponible en la web del Poder Judicial (www.jusformosa.gob.ar) como anexo al Acuerdo 3058.
FUENTE: INFOLEG 26 de agosto 2020